|
LEGISLACIÓN - O.A.L.
Naturaleza
El Ayuntamiento de Fuengirola crea, al amparo de la legislación vigente (art. 85 c del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y art. 85.3 b de la Ley 7/1985 de 2 de abril) un Organismo Autónomo Local de carácter administrativo.
El Organismo Autónomo Local se dota de personalidad jurídica propia y de capacidad para realizar cuantos actos y contratos sean necesarios para el desarrollo de su actividad, todo ello dentro de los límites de los presentes Estatutos y con sujeción al ordenamiento jurídico vigente en materia de régimen local.
Denominación.
El Organismo se denominará Organismo Autónomo Local de Promoción y Desarrollo de Fuengirola, desde ahora O.A.L.
Domicilio.
El OAL establecerá su sede en la Avda. Jesús Cautivo nº 13 de Fuengirola.
|